DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuesto, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la ley declara SIN LUGAR la demanda de obligación alimentaría incoada por la ciudadana YOLANDA DEL CARMEN CHACARE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 8.873.706, en contra del ciudadano PEDRO RONDON CADENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 6.945.268 a favor de la ciudadana RAIZA JOSEFINA, en consecuencia queda extinguida la obligación alimentaria, que obliga al ciudadano PEDRO RONDON CADENAS, a coadyuvar con la alimentación de la ciudadana (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE), venezolana, adolescente, de 18 años de edad y de este domicilio.
Se deja sin efec.....