Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, en el cuaderno de medidas aperturado en el juicio que, por COBRO DE BOLÍVARES VÍA INTIMACIÓN, fue incoado por el ciudadano LUIS OSORIO JULIO, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad N° V-7.830.663, en contra del ciudadano JOSÉ SANCHEZ CARBONELL, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad N° V-14.511.877; decreta:
ÚNICO: MEDIDA PROVISIONAL DE EMBARGO sobre bienes muebles propiedad del ciudadano JOSÉ SANCHEZ CARBONELL que cubran el doble del monto del decreto intimatorio proferido por este Juzgado que constituye la cantidad de DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES DÓLARES AMERICANOS CON OCHO CENTAVOS (USA $17.453,8), más las costas procesales estimadas en un diez por c.....