DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: PRIMERO: CON LUGAR la Redención por Trabajo y Estudio de la Pena, a favor del Ciudadano JAIRO JOSE ORTEGA AGUIRRE, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD No 23.308.222, quien ha estado efectivamente privado de su libertad desde el día 22-03-2013 hasta el día 07/07/2021, es decir por el lapso de OCHO (08) AÑOS, TRES (03) MESES Y QUINCE (15) DIAS, más el lapso de redención, según acta emanada de la Comunidad Penitenciaria de Coro y Oficio Nros. 1279-2018 de fecha 18-09-18 y 243-2021 de fecha 10 de marzo de 2021donde deja constancia que el Ciudadano JAIRO JOSE ORTEGA AGUIRRE, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD No 23.308.222,tiene las siguientes Redenciines , 1.- SIETE (07) MESES 2.- DIEZ (10) MESES Y DIECINUEVE (19) DIAS y 3.- Rede.....