En nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos IRIS ISABELA AMARISTA LOPEZ Y RONI JOSE ZAMBRANO MESONA, ya identificados, con fundamento en el artículo 185 "A" del Código Civil.
SEGUNDO: DISUELTO, el vinculo Matrimonial que los unía contraído por ellos en fecha 23 de Abril de 2009, por ante el Registro Civil de la Parroquia Capital Tubores, Municipio Tubores del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, según consta de Acta N° 06, folios 14 al 16, del libro de Registro de Matrimonios, todo conforme con lo previsto en el artículo 185- "A" del Código Civil.-