En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio de ALIMENTOS seguido por MARILIA GUADALUPE QUIROZ URBINA contra HENDRIK JOSE OVIEDO VERGARA decreta:
Medida Preventiva de Embargo sobre el TREINTA POR CIENTO (30%) del Sueldo o Salario Integral, así como también sobre el TREINTA POR CIENTO (30%) Bono Vacacional y Utilidades o Aguinaldos del presente año 2015, que le pueda corresponder al demandado HENDRIK JOSE OVIEDO VERGARA, antes identificado, como trabajador al servicio de la Empresa SERVICIO HALLIBURTON DE VENEZUELA, S.A..- Las cantidades de dinero embargadas sobre el Sueldo o Salario Integral deberán ser entregadas mensual y directamente a la demandante, ciudadana MARILIA GUADALUPE QUIROZ URBINA, antes identificada, y las cantidades de dinero embarg.....