declara:
• CON LUGAR la demanda de divorcio intentada por el ciudadano JOSE RAMON VILLALOBOS ARRIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.847.679, domiciliado en el Municipio Cabimas del estado Zulia, debidamente asistido por la Abogada en Ejercicio MARITZA VELÁSQUEZ QUERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.38.197, en contra de la ciudadana ALEXANDRA JOSEFINA ARTEAGA PIRONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.632.825, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, de conformidad con la causal segunda del artículo 185 del Código Civil, referida al abandono voluntario.
• DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron los ciudadanos antes mencionados por ante el Registrador Civil, del Municipio Autónomo Cabimas del estado Zulia, tal como se evidencia en copia certificada del Registro Civil de Matrimonio No.50, en fecha 06 de marzo de 2007.
Así mismo, corresponde a esta Juzgadora de conformidad con lo .....