Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, acuerda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente: Declarar en rebeldía al adolescenteIdentidad omitida , y ordenar su ubicación inmediata por intermedio de Órgano Policial para que comparezca el día Lunes 02 de Agosto de 2010, a las 10.00 a.m., a fin de que informe a este Tribunal los motivos de su incumplimiento, y Justifique, para lo cual se fija la audiencia para el día señalado, fecha para la cual deben constar las resultas de la comisión que se ordena comisionar al Instituto Neoespartano de Policía del Estado Nueva Esparta, haciéndole saber al órgano comisionado que la presenta citación no implica su detención. Ofíciese. Líbrense las correspondientes boletas de notificación a las partes. Diarícese. Cúmplase.