Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO propuesta por la ciudadana JAMAL SUKKAR. En consecuencia, se ordena la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE MATRIMONIO signada con el N° 921, del libro N° 7 del año mil novecientos ochenta y siete (1987), llevado por la Jefatura Civil de la Parroquia San Francisco del Municipio San Francisco del Estado Zulia, en el sentido siguiente: Donde se lee: SALIM SEFFAIEH, debe leerse "SALIM SAFAYEH" (verdadero apellido de dicho ciudadano), quedando de esta forma corregido el error cometido en su acta de matrimonio.
Particípese del presente fallo al Registro Civil del la Parroquia San Francisco del Municipio San Francisco del Estado Zulia y al Registrador Pr.....