este Tribunal del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento de las ciudadanas ARELIDA DEL VALLE ROJAS BOADAS Y DEL VALLE ARELIDA ROJAS BOADAS, ya identificado, asentada en el Libro de Registro Civil de Nacimientos llevados por ante la Prefectura hoy Registro Civil del Municipio Díaz del Estado Nueva Esparta, correspondiente al año 1955, bajo los N° 14 Vto. folio 6 y N° 15, folio 7, de los Libro de Registro Civil correspondientes.