Por todos los fundamentos de hecho y de derecho .antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA con lugar el pedimento realizado por la Abogada NOIRALITH GONZALEZ URDANETA, defensora pública quinta, por lo que se amplía las presentaciones a las que esta obligado su defendido ciudadano RAFAEL JOSE CASTELLANO GRATEROL, a cuarenta y cinco (45) días, de conformidad a lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese la presente decisión. Notifíquese a la defensora y al acusado de autos. Cúmplase.
La Juez Primero de Juicio,
Abg. Glenda Morán Rangel
La Secretaria (S),
Abg. Carmen Beatriz Bastidas
En la misma fecha y conforme a lo ordenado, se registró la presente resolución bajo el N° 0029 y se ofició bajo el n.....