Por todo los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Declara el Sobreseimiento de la causa, a favor del ciudadano EDGAR EDUARDO RODRIGUEZ VARGAS, de nacionalidad Venezolana, natural de Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, nacido el 22-01-75, de 31 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.134.658, de estado civil soltero, profesión u Oficio Obrero, hijo de RAMON EDUARDO RODRIGUEZ y de MARIA RODRIGUEZ, y residenciada en El Barrio Andrés Eloy Blanco, calle 11, casa S/N, en la esquina del Abasto Royero, Municipio Colón del Estado Zulia, por el delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal, vigente para la fecha de los hechos imputados, en perjuicio del ciudadano.....