PRIMERO: ABSOLVIÓ al ciudadano JOSE ALEXANDER MOGOLLON BARRIOS, titular de la cédula de identidad N° V-9.391.778 y en consecuencia se DECLARÓ NO CULPABLE de la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES. SEGUNDO: Se ORDENA la incineración de la sustancia prohibida peritada en este proceso de conformidad con lo pautado en el artículo 119 de la novísima Ley Orgánica Contra el Tráfico y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. TERCERO: Se eximió del pago de costas procesales al Ministerio Público por considerar que al momento de interponer la acusación en contra de José Alexander Mogollon, contaba con elementos preparatorios que determinaron la admisión parcial de la misma ante el Juez de Control correspondiente. CUARTO: Dada la absolutoria dictada, se acuerda el cese de la medida de coerción personal que recae sobre el ciudadano José Alexander Mogollon.