RESUMEN
Fue recibida en fecha 25-05-2023, y admitida el 30-05-2023, en este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ezequiel Zamora y Cedeño, de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con sede en Punta de Mata, el escrito de la solicitud de divorcio fundamentada en DIVORCIO 185-A DEL CODIGO CIVIL VENEZOLANO, presentada por los ciudadanos: ALI DARIO CRESPO GONZALEZ e IRIS MARIBEL PRIETO BARRIOS, venezolanos, mayor de edad, cónyuges, titulares de la cédulas de identidad Nros. V-8.826.348 y V-8.898.018 respectivamente, domiciliados en la Ciudad de Punta de Mata, Municipio Ezequiel Zamora Estado Monagas, asistidos por el abogado JOSE ANGEL RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V. 10.304.341, civilmente hábil, abogado en ejercicio inscrito en el INPREABOGADO, bajo el Nro. 203.452, y cumplidos todos los requisitos para la declaración del divorcio en cuestión, notificada como fue la Fiscalía respectiva no .....