Esta Jueza del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución prescinde de la celebración de dicha audiencia y en razón de lo cual considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: DECRETAR la SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES de los ciudadanos Patricia Carolina Perasso Jaimes y Alex Jesús Andarcia, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédula de identidad Nros. V-10.334.396 y V-13.980.447 respectivamente; conforme a los Artículos 189 y 190 del Código Civil. SEGUNDO: Extinguida la Comunidad de Gananciales con ocasión al presente decreto de separación, ello en atención a lo dispuesto en el Segundo aparte del artículo 173, concatenado, con el articulo 175, ambos del Código Civil. TERCERO: De conformidad con el contenido del artículo 351 de la Ley Especial, en lo que concierne a la Patria Potestad, Custodia, Responsabilidad de Crianza, Obligación de Manutención y Régimen de Convivencia Familiar en beneficio de los hermanos (Identidad omitida conform.....