Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con el articulo 647 Literal "F" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente , relativo a cualquier beneficio acuerda: Otorgar permiso en el día de hoy, 04-06-2008; por el lapso de DOS(02) HORA, es decir, desde las SEIS Y TREINTA (6:30 de la tarde) HASTA LAS OCHOS Y TREINTA(08:30 p.m.) al sancionado (SE OMITE EL NOMBRE E IDENTIDAD DEL ADIOLESCENTE) , previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley; para asistir al acto funerario de su progenitor quien en vida respondía al nombre de (SE OMITE EL NOMBRE DEL PADRE DEL ADOLESCENTE), en la siguiente dirección: En la Funeraria "El CARMEN , situada en la avenida 15 , Delicias, al lado de la Estación de Servicio el Carmen", Maracaibo del Estado Zulia, a los fines de asistir al .....