Por los fundamentos y razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA CONCEDER al Penado MILLER JOSÉ MEJÍAS LA ROTTA, de nacionalidad Venezolana, natural de San Cristóbal del Estado Táchira, de 33 años de edad, de Estado Civil Soltero, titular de la cédula de identidad N° V-11.499.725, hijo de Carlos Mejías y de Isaura La Rotta de Mejías, y residenciado en la Urbanización el Diamante, antigua Calle Principal, Casa N° 2-25, Táriba, Estado Táchira, LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE LA PENA DE LIBERTAD CONDICIONAL A MODO DE MEDIDA HUMANITARIA, en conformidad con lo preceptuado en los Artículos 64, 479 y 503, todos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Vene.....