declara:
• CON LUGAR la demanda de PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD intentada por la ciudadana MARIBEL DEL VALLE SILVA SAAVEDRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 7.842.941, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistida por la Abogado en Ejercicio ISAURA BEATRIZ SILVA SAAVEDRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.31.612, en contra del ciudadano FRANCISCO JOSE ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No.5.105.000, de domicilio desconocido, representado por la Defensora Ad Litem Abogada MARITZA VELÁSQUEZ QUERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.38.197 y en beneficio de la adolescente (Se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de conformidad con los literales "c" e "i" del artículo 352 y 353 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
• Queda privado de la patria potestad el ciudadan.....