DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA al penado OSWALDO SEGUNDO VELASQUEZ, venezolano, natural de Valera estado Trujillo, portador de la cédula de identidad N° 15.953.541, mayor de edad, Soltero, Obrero, hijo de José Velásquez y Carmen Delia Victoria, y residenciado en el sector la alcantarilla, vía Principal de Ceuta, frente al puente de Concreto de la Alcantarilla, Mene Grande del Municipio Baralt del Estado Zulia, todo de conformidad con lo establecido en el articulo artículo 479 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: Se le impone un lapso de Régimen de Prueba, de UN (01) AÑO, a partir de la presente fecha, hasta el día 07-05-2009, así como las siguientes obligaciones: Prohibición de salir del Estado Zulia .....