DISPOSITIVO
Con fundamento a las consideraciones de hecho, derecho y doctrinarias ut supra referidas, este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante, JORGE NEPOLEON TERAN, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad Nº V.- 2.878.815, fallecido en la Ciudad y Municipio Maracaibo, Estado Zulia, el día seis (06) de Julio de 2014, conforme se evidencia en el acta de defunción Nº 182, emanada por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Juana de Ávila del Municipio Maracaibo del Estado Zulia de fecha ocho (08) de Julio de 2014, como hijos la ciudadana: LOURDES CHIQUINQUIRA TERAN CARRASQUERO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad Nº V.....