Por los argumentos expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Valmore Rodríguez de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio Interpuesta por el ciudadano : SERGIO JESÚS QUERO CARRASCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.634.799, teléfono 0414 6733205, domiciliado en la Curva de Ocumare, sector " El Aserradero, casa s/n, Parroquia Rafael Urdaneta, Municipio Valmore Rodriguez, estado Zulia. , a tenor de lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial existente entre los cónyuges SERGIO JESÚS QUERO CARRASCO y LIVIA MARIA CAMACHO DE QUERO, ya identificados, en virtud del Matrimonio Civil contraído en fecha 07 de agosto de 1993, por ante el Registrador Civil de la Parroquia La Victoria del Municipio Valmore Rodríguez del estado Zulia.
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