Por los Fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de manera unipersonal de la Circunscripción judicial del estado Zulia. Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara al Acusado ANTHONY JOSE URDANETA GARCIA, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, soltero, de oficio comerciante, fecha de nacimiento: 07/09/1982, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.531.546, hijo de YENETH GARCIA y ASCARIO URDANETA, residenciado en el barrio Bicentenario sur, calle 10, Nº 88-69. Municipio San Francisco, Estado Zulia. ACORDANDO, PRIMERO : ABSOLVERLO por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el articulo 470 del Código Penal Venezolano. SEGUNDO: ABSOLVERLO por la presunta comisión del delito de USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el articulo 264 de la Ley Orgáni.....