Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara:
- SIN LUGAR, la apelación ejercida por el abogado en ejercicio, abogado GRACIANO BRIÑEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 21.779, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano AQUILES PAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 4.757.497 y domiciliado en la ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Séptimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 9 de Octubre de 2009.
- SE RATIFICA la decisión dictada en fecha 9 de Octubre de 2009, por el Juzgado Séptimode los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de .....