MEDIDAS ALTERNATIVAS A LAS QUE OPTA: Según el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, previo el cumplimiento de los requisitos de ley podrá optar por las medidas alternativas de cumplimiento de pena, de acuerdo al cuadro siguiente:
DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir ¼ parte del tiempo de la condena, es decir 2 años y 6 meses, para lo cual optara desde el 6-12-2010.
REGIMEN ABIERTO: Al cumplir 1/3 parte del tiempo de la condena, es decir 3 años, y 4 meses, para lo cual opta desde el 6-10-2011.
LIBERTAD CONDICIONAL:Al cumplir 2/3 partes del tiempo de la condena, es decir, 6 años y 8 meses , para lo cual optará el 6-2-2015.
Igualmente, podrá optar a la gracia de Confinamiento, de acuerdo al artículo 52 del Código Penal, al cumplir ¾ partes de la condena, es decir, 7 años, 6 meses, lo cual será el 6-10-2015, previo el cumplimiento de los requisitos de ley.
Sitio de reclusión actual: Internado Judicial de la Región Insular del Estado nueva Esparta.
Se ordena .....