Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada TERESA PALMARES, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano MARCO ANTONIO RODRÍGUEZ VIVENES, parte demandante en el juicio que con motivo de REVISIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN que incoara en contra de la ciudadana DAMELIS DEL VALLE RAMOS. En consecuencia, se RATIFICA la sentencia de fecha 01 de noviembre de 2016, emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Monagas..-
Dada la naturaleza de la presente decisión no hay expresa condenatoria en costas.