este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en Sede Constitucional, y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional intentada por el ciudadano OSWALDO RAFAEL MARCANO MARIN, en contra del INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DEL PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACION DE LA UNIVERSIDAD DE ORIENTE (IPSPUDONE).-
SEGUNDO: Se ordena la Inmediata Ejecución de la Providencia Administrativa N° 1388-11 dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Nueva Esparta, de fecha 19 Septiembre de 2011, que Declaró CON LUGAR la solicitud de Reenganche y pagos de salarios caídos. Ordenado el inmediato reenganche del ciudadano OSWALDO RAFAEL MARCANO MARIN, a su sitio habitual de trabajo y en las mismas condiciones en las cuales venia desempeñando, con el consiguiente pago de los salarios caídos dejados .....