Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES intentado por la JUNTA DE CONDOMINIO DEL CONJUNTO RESIDENCIAL VILLA DELICIAS (1º ETAPA), ubicada en la Avenida Principal de las Delicias Nuevas en Cabimas Estado Zulia, representad por la abogada MARIELA TELLES BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 7.872.124 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 51.992, en contra de la ciudadana MARÍA ELENA NAVIA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.736.292, domiciliada en el Conjunto Residencia Villa Delicias, Edificio II, Apartamento Nº 3-C en esta ciudad de Cabimas del Estado Zulia PRIMERO: LA REPOSICIÓN DEL PROCESO AL ESTADO DE QUE SE CITE AL CIUDADANO VÍCTOR ANTEQUERA MENDOZA,.....