Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el cuaderno de medidas surgido en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO Y DAÑOS Y PERJUICIOS, fue incoado por el ciudadano ANICETO DE JESÚS NOLAYA ANGULO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.936.309, en contra de la ciudadana LEONOR DEL PILAR OSECHAS GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.325.831, domiciliada en la ciudad de Caracas; DECLARA:
ÚNICO: LA SUSPENSIÓN DE LA MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada en el juicio in comento en fecha 18 de agosto de 2004, recaída sobre el inmueble ubicado en la urbanización Villas del Sur, distinguido con el número 1-23 del lote "1", en jurisdicción de la parroquia Manuel Dagnino.....