En consecuencia este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Penal con Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA FIJAR UN PLAZO DE SESENTA (60) DÍAS CONTINUOS, a partir del día 07-02-2011 AL FISCAL 7° DEL MINISTERIO PÚBLICO de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia para que concluya la investigación en el presente asunto, seguida en contra de NELSON JOSE CALLEJAS CALLEJAS, de nacionalidad venezolano, natural de Cabimas, de 43 años de edad, fecha de nacimiento 30-07-1966, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, titular de la cédula de identidad No.7.961.977, con residencia en: Carretera J con avenida 51, Sector Santa Rosa Barrio San José, casa sin número, diagonal, a cinco casas del Estadio San José, Cabimas, Estado Zulia, por la comisión presunta del delito DE HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452 n.....