Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por el ciudadano NEUCRATES DE JESÚS PARRA MELEÁN, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JOEL VICENTE PARRA GUILLÉN, en contra del auto de fecha 13 de enero de 2011, emanado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, auto que negó oír la apelación efectuada en fecha 11 de enero de 2011, en el juicio que por REIVINDICACIÓN intentara el ciudadano NEUCRATES DE JESÚS PARRA MELEÁN, en contra de la Sociedad Mercantil GUAYAZULIA C.A.