PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos presentado en fecha 18.10.2024 por las profesionales del derecho Betty Maritza Azuaje Vásquez y Genilis María Álvarez, debidamente inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 27.366 y 21.724, respectivamente, actuando con el carácter de defensa privada del ciudadano NEUTILIO ELIAS ALVAREZ ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad N° V.- 5.169.167.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 428-24, de fecha 27.09.2024 dictada por el Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, toda vez que la misma se dictó conforme a derecho y en modo alguno causa un gravamen irreparable o vulnera los derechos y garantías constitucionales que asisten a las partes intervinientes en el presente proceso penal.
TERCERO: SE ORDENA notificar a las partes intervinientes a los fines de informar lo aquí decidido, conforme al artículo 166 del Código Orgánico Procesal Penal.