e declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos OSCAR MARTIN GÓMEZ AUMAITRE Y NORKYS MIRELLA GIL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-9.427.400 y V-12.966.921 respectivamente, asistidos por la Abogada Esperanza Maria Castillo Aponte, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 142.725, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído el día 11.04.1995 ante el Registro Civil del Municipio Caripe del estado Monagas.