a) CON LUGAR la solicitud de Divorcio basada en las causales primera y tercera del artículo 185 del Código Civil formulada por la ciudadana WALLY KARINA ARRÍAS SÁNCHEZ, en contra del ciudadano MANUEL CARLOS RODRÍGUEZ MORILLO, antes identificados.
b) DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que contrajeron por ante la Jefatura Civil de la Parroquia San Francisco del hoy Municipio San Francisco del Estado Zulia, en fecha 28 de Mayo de 1994, tal y como consta en la copia certificada del acta de matrimonio No. 240, expedida por la mencionada autoridad.