este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con la facultad conferida por el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores diligencias como título suficiente para asegurar los derechos que posee el ciudadano JESÚS RAFAEL YANCE CAMARGO sobre un bien mueble constituido por un vehículo automotor con las siguientes características: MARCA: FORD; MODELO: 1983; CLASE: CAMIONETA; TIPO: VAN; AÑO: 1983; COLOR: AZUL; USO: CARGA; SERIAL DE CARROCERÍA: 1FTDEL4Y5DHB35653; SERIAL DEL MOTOR: 8-CILINDROS; PLACAS: ANTERIOR: 652-019-Z, ACTUAL: 652019; dejando expresamente a salvo los derechos de terceros.
Devuélvanse estas actuaciones en original, dejándose copia certificada en el archivo del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, a los siete (07) días del mes de enero del año dos mil catorce (2014). Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.....