Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de formulada ante este Despacho por LA Abogada LUISA PONCE, y acuerda modificar la medida cautelar a la que se encuentra sometido AHMAD SALAH DARWICHE TAILLEN, Libanés, fecha de nacimiento 17-03-1987, de 26 años de edad, Cedula de Identidad N° 18112164, residenciado en la Urbanización Jorge Coll, avenida Bolívar, edificio 278, Apartamento 5-A, Municipio Maneiro de este Estado, prevista en el ordinal 3° del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, en el sentido de extender las presentaciones ante la Oficina del Alguacilazgo, a cada treinta (30) días. Todo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 242 y 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
Publíquese, Regístrese, Notifíquese a las partes y líbrese oficio al Alguacilazg.....