´PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Autos, interpuesto por la Profesional del Derecho MARÍA CASTELLANOS, en su condición de Defensora Pública Provisoria con Competencia Plena a Nivel Nacional, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del estado Zulia, actuando con el carácter de Defensora del ciudadano SERGIO TULIO MÉNDEZ HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-22.365.423; en contra la decisión No. 1317-2024, emitida en fecha 02 de noviembre de 2024, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 439 numerales 4° y 5° del Código Orgánico Procesal Penal,
SEGUNDO: ADMISIBLE las pruebas promovidas por la Defensa Pública en su escrito recursivo, por considerarlas útiles, necesarias y pertinentes para la resolución del presente Recurso .....