Este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, declara:
PRIMERO: LA INCOMPETENCIA DE ESTE TRIBUNAL EN RAZÓN DEL TERRITORIO, para conocer de la presente solicitud de divorcio por desafecto intentada por la ciudadana JACKELINE KARINA PRADO OROZCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.604.620, domiciliada en el municipio Cabimas del estado Zulia, asistida por la defensora pública primera encargada abogada LIGCAR FUENMAYOR SÁNCHEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 79.885, respectivamente de igual domicilio, contra el ciudadano SIMÓN JOSÉ ARGUELLES TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de .....