PRIMERO: INCOMPETENTE en razón de la materia para conocer y tramitar la presente solicitud de divorcio realizada por la ciudadana Odalis Maria Torres Ayos, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.888.204, domiciliada en el Municipio San Francisco del estado Zulia
SEGUNDO: SE DECLINA la presente causa a los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia a fin de que conozcan y tramiten la misma.