En mérito de las razones antes expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano JOHEL JOSÉ GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° 17.089.874, asistido por las profesionales del derecho EMILUZ SANCHEZ MORILLO y ZULEIMA COROMOTO ORFILA NEGRETE.
SEGUNDO: Se REVOCA la decisión N° 847-2016, dictada en fecha 29 de septiembre de 2016, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, UNICAMENTE, en relación a la NEGATIVA DE LA ENTREGA MATERIAL DEL VEHICULO.
TERCERO: Se ORDENA LA ENTREGA MATERIAL DEL VEHÍCULO EN CALIDAD DE DEPÓSITO, con la modalidad de uso, guarda, protección, custodia y mantenimiento, así como con la prohibición de enajenar, vender, ceder, traspasar o negociar de .....