Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• HOMOLOGADO el desistimiento de la apelación formulado por el ciudadano ÁNGEL AMERICO OCANDO BALLESTERO, plenamente identificado en actas, en el juicio de INDEMNIZACIÓN POR DAÑO MORAL Y LUCRO CESANTE seguido por el ciudadano ÁNGEL AMERCIO OCANDO BALLESTERO, en contra de la Sociedad Mercantil SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL, C.A.
• Se da por consumado el citado acto unilateral de desistimiento del recurso de apelación.
• Se ordena remitir inmediatamente el presente expediente, al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas.
Queda de esta manera CONFIRMADO el auto apelado.
No se hace especial pronunciamiento sobre costas.....