Por los fundamentos expuestos, y en fuerza de los argumentos vertidos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• Competente para conocer de la apelación interpuesta por el profesional del derecho CARLOS ALBERTO MORLES QUINTERO, apoderado judicial de la parte demandante, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado del recurrido, en fecha 23 de octubre de 2013, en la incidencia surgida en el juicio de DESALOJO, seguido por la Sociedad Mercantil JULIO & MARÍA INVERSIONES ASOCIADOS, C.A, en contra de la Sociedad Mercantil INVERSIONES GLOBAL, C.A.
• Se deja expresa constancia que este Tribunal tramitará la apelación conforme lo previsto en el artículo 893 del Código de Procedimiento Civil, el cual comenzará a computarse al día siguiente del vencimiento del lapso establecido .....