Éste Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte apelante, ciudadana MILDRED CRISTINA VALDERRAMA representada en este acto por su apoderado Judicial JOSÉ RAMÓN LÓPEZ, identificados en autos. SEGUNDO: Se anula el auto dictado en fecha 05 de noviembre de 2013 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial, en consecuencia, se ordena a la Jueza de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, proceda a la ejecución total del acuerdo suscrito por las partes en fecha 08 de julio de 2013, en virtud del incumplimiento por parte de la empresa demandada. TERCERO: No hay expresa condenatoria en costas dada la naturaleza del presente asunto.