Por los razonamientos antes esgrimidos, este JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN, PARA EL NUEVIO REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REPONE la causa, al estado de librar nuevamente el cartel de notificación respectivo, a la parte co-demandada a título personal, ciudadano RAFAEL GUTIEREZ, para que dicha notificación sea practicada, se insiste, en la persona notificada a título personal, es decir sobre el ciudadano RAFAEL GUTIERREZ, por lo que una vez verificada dicha notificación en los términos antes indicados, por auto expreso; este Tribunal, indicará el comienzo del lapso de diez (10) días hábiles siguientes, para que tenga lugar la instalación de la respectiva Audiencia Preliminar, a las nueve y treinta horas de la mañana (09:30 a.m). Así se decide.-
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