1.- COMPETENTE para conocer el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por la profesional del derecho KEILA MENDEZ, en su carácter de apoderada judicial de la C.A. HIDROLOGICA DEL LAGO DE MARACAIBO (HIDROLAGO), contra el Acto Administrativo contenido en la Certificación Médica de Discapacidad Total y Permanente para el Trabajo Habitual, contenido en el oficio No. 0094-2011, de fecha 23 de mayo de 2011, dictada por la DIRECCIÓN ESTATAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO ZULIA (DIRESAT ZULIA) mediante la cual certificó que la ciudadana ZONIA COROMOTO PIRELA, padece de DISCOPATIA LUMBAR MULTISEGMENTARIA L3-L4, L4-L5 y L5-S1: PROTUSIÓN DISCAL L3-L3, L4-L5 y L5-S1+RADICULOPATIA COMPRESIVA LUMBO SACRA L5-S1, considerada como enfermedad agravada por el trabajo.
2.- SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho el recurso interpuesto; y en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 78 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administr.....