este tribunal HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO presentado por la parte demandada en los términos contenidos en la diligencia de fecha primero (01) de diciembre de 2.010, adquiriendo carácter en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, ratificando en este mismo sentido, los argumentos plasmados en el desarrollo del presente auto, en relación al requerimiento de orden de entrega del vehículo antes mencionado.
Igualmente, vista la diligencia suscrita por la parte actora, se ordena expedir la copia certificada de todo el expediente, con la diligencia que le dio origen y el presente auto.
EL JUEZ TEMPORAL,
ABOG. YBRAIN RINCÓN MONTIEL.
LA SECRETARIA,
ABOG. GABRIELA BRACHO AGUILAR, MG. SC.
Expediente 2204-10.