Por los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ACUERDA OTORGAR permisos de navidad desde el 17-12-2010 hasta el 26-12-2010 y de año nuevo desde 29-12-2010 hasta el 02-01-2011, CON SUPERVISIÓN MINIMA, al Penado PITRE PULVET SILVINO RAMON, titular de la cédula de identidad Nº 17.721.618, el cual se hará efectivo una vez el referido ciudadano suscriba el acta de compromiso de condiciones impuestas, todo de conformidad con los artículos 49 y 50 del Reglamento Interno de Centros de Tratamientos Comunitarios; en consecuencia, líbrese Oficio al ciudadano Director del Centro de Tratamiento Comunitario "Miguel Antonio Blanco Guerra" de esta Ciudad de Maturín, Estado Monagas, a fin de que le sea comunicado al Penado PITRE PULVET SILVINO RAMON, y con .....