Por los fundamentos antes expuesto este Tribunal Noveno de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley DECLARA EL ABANDONO DE LA ACCION PRIVADA y en consecuencia EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL PRIVADA, intentada por el ciudadano ATILIO DE JESUS VILLASMIL, plenamente identificado en autos, en contra de los ciudadanos RUTH URDANETA, PEDRO ANTONIO GONZALEZ, HUGO HERNANDEZ y RITA ISABEL ORDOÑEZ, identificados en autos, por la presunta comisión del delito de DIFAMACION, previsto y sancionado en el Artículo 442 del Código Penal.