Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. ADMITE PARCIALMENTE la acusación formulada por el Fiscal del Ministerio Público, por los delitos de: ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 458 en su único Aparte del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana LOURDES MARGARITA CARDOZO AÑEZ, y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, tipificado en el Artículo 278 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del Estado Venezolano, en la persona del ciudadano: WILMAR XAVIER BOHORQUEZ, y en contra del ciudadano NELSON ENRIQUE MARTINEZ RODRIGUEZ, por el delito de: PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 278 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del Estado Venezolano. Decretando el Sobreseimiento en lo que respecta a los delitos de: ROBO AGRAVADO Y PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LIBERTAD, previstos y sancionados en los Ar.....