Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decreta el Sobreseimiento de la causa Nº C2- 4125-3 (402/060800) de conformidad con los artículos 318 numeral 3º, 48 ordinal 8º y 324 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 108 ordinal 6 del Código Penal. Notifíquese a las partes a tenor del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. ASI SE DECIDE.