INADMISIBLE: la presente solicitud de RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA, presentada por la ciudadana LILIA ESTHER BALCAZAR NUÑEZ, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad número V-25.188.385, domiciliada en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistida por los abogados en ejercicio AMRICO BLOEDOONR y ANDREINA MOLINA, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 262.698 y 129.571 respectivamente, de este domicilio.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines previstos en los ordinales 3° y 9° del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, sellada y firmada en este TRIBUNAL DECIMO SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y.....