DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho NOIRALITH GONZALEZ URDANETA, Defensora Pública Quinta Penal Ordinario, adscrita a la Defensa Pública del estado Zulia, extensión Santa Bárbara, actuando en su condición de defensora del ciudadano REGULO GREGORIO GUERRERO, titular de la cédula de identidad N° 21.265.462, en contra de la decisión N° 888-14, dictada en fecha 01 de julio de 2014, emanada del Juzgado Tercero de Primera instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Santa Bárbara, en la cual ordenó la reapertura de la investigación fiscal, de conformidad con lo establecido en el artículo 428 literal "c" del Código Orgánico Procesal Penal, en concordanc.....